La Segunda Sala del Tribunal Constitucional, acordó, en resolución unánime declarar admisible el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad deducido por la Corte de Apelaciones de Antofagasta, respecto del “Decreto Ley 3.500 con incidencia en un recurso de protección, manteniendo la suspensión del procedimiento decretada con fecha 24 de septiembre del año en curso.
“De conformidad a lo prescrito en la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de
esta Magistratura, se conferirá traslado por veinte días a las partes de la gestión que se sigue ante la Iltma. Corte de Apelaciones de Antofagasta, a S.E.
el Presidente de la República, al H. Senado y a la H. Cámara de Diputados para que, si así lo estiman, se pronuncien respecto del conflicto de constitucionalidad expuesto por la Corte requirente”, consigna el fallo.
El dictamen fue pronunciado por María Luisa Brahm Barril, y los Ministros Gonzalo García Pino, Cristián Letelier Aguilar, Nelson Pozo Silva y Miguel Ángel Fernández González.