El Séptimo Tribunal Oral Penal de Santiago condenó a Robinson Alejandro San Martín González a la pena de 7 años de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de homicidio simple. Ilícito cometido en septiembre de 2023, en la comuna de La Florida.
En fallo unánime (causa rol 50-2025), el tribunal –integrado por las magistradas Bernardita González Figari (presidenta), Elisabeth Schürmann Martin y Marcela Erazo Rivera (redactora)– aplicó, además, a San Martín González las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.
El tribunal dio por establecido, más allá de toda duda razonable, que cerca de la medianoche del 11 de septiembre de 2023, “(…) en la vía pública, esquina de Bahía Catalina con General Arriagada, comuna de La Florida, el acusado ROBINSON ALEJANDRO SAN MARTÍN GONZÁLEZ agredió con una tijera a la víctima Oliver Sebastián Valdez Maldonado, causándole una herida torácica penetrante que le provocó la muerte minutos más tarde en el SAPU Los Quillayes de La Florida”.
“También pudo acreditarse ciertas circunstancias de contexto, que no se describen en la acusación puesto que cobraron relevancia solo frente a las alegaciones de la defensa, operando en su beneficio en lo relativo a la asistencia prestada por el acusado para que atendieran a la víctima en un centro asistencial, que motivó acoger en su favor la atenuante del 11.7”, releva el fallo.
En la determinación de la cuantía del castigo y forma de cumplimiento a imponer a San Martín González, el tribunal tuvo presente que: “Considerando la pena asignada al autor del delito de homicidio –presidio mayor en su grado medio a máximo– concurrencia a su favor de dos atenuantes sin que lo perjudique agravante alguna, bajaremos la pena en un grado; y, teniendo igualmente en cuenta que el mal producido por el delito es de gran magnitud, pues se trata de una vida humana, con la que terminó el sentenciado sin explicación alguna; será condenado a la pena de 7 años de presidio mayor en su grado mínimo, la que deberá empezar a cumplir una vez que la sentencia se encuentre firme y ejecutoriada, a continuación de la que se encuentra cumpliendo actualmente en calidad de rematado en causa RIT 3431-2023, RUC 2300683889-8, del Decimocuarto Juzgado de Garantía de Santiago, de tres años y un día con fecha de término el 19 de noviembre de 2026. Abonándosele en todo caso, el tiempo que ha permanecido privado de libertad por esta causa, esto es 105 días. Sin sustitución por improcedente conforme lo dispuesto en la ley 18.216”.