TOP de Castro condena a 10 años de presidio efectivo a autores de homicidio en Ancud

4 junio, 2022

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Castro condenó a S.A.V.B. y A.E.M.N. a 10 años de presidio efectivo, en calidad de coautores del delito consumado de homicidio simple. Ilícito perpetrado en diciembre de 2019, en la comuna de Ancud.

En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Elías Agüero Matamala (presidente), Loreto Yáñez Sepúlveda (redactora) y Rodrigo Alarcón Contreras– aplicó, además, a S.A.V.B. y A.E.M.N. las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante el tiempo de la condena.

En tanto, a M.A.V.P. y A.C.E.G., fueron condenados a 5 años y 3 años y un día, respectivamente, más las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de las condenas, como cómplices del delito.

“Por cumplirse las exigencias de los artículos 1 y 15 bis de la Ley 18.216, se sustituye a los sentenciados M.A.V.P. y A.C.E.G., la condena corporal aplicada, por la pena de LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA por un término igual al de la sanción impuesta, es decir, cinco años en el caso del primero, y tres años y un día respecto del segundo; debiendo presentarse ambos al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile de la ciudad de Castro o del lugar en que fijare su domicilio, dentro del plazo de cinco días contados desde que la presente sentencia se encuentre firme y ejecutoriada, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra; y cumplir además, durante el periodo de control con el Plan de Intervención Individual que el tribunal apruebe en su oportunidad”, consigna la sentencia.

El tribunal, además, impuso a los sentenciados M.A.V.P. y A.C.E.G., “las condiciones del artículo 17 de la ley 18.216: a) Residencia en el domicilio informado; b) Sujeción a la vigilancia y orientación permanentes de un delegado por el período fijado, “debiendo el condenado cumplir todas las normas de conducta y las instrucciones que aquél imparta respecto a educación, trabajo, morada, cuidado del núcleo familiar, empleo del tiempo libre y cualquiera otra que sea pertinente para una eficaz intervención individualizada, y c) Ejercicio de una profesión, oficio, empleo, arte, industria o comercio, bajo las modalidades que se determinen en el Plan de Intervención Individual”.

“Adicionalmente, se impone a ambos sentenciados, la condición que contempla la letra c) del artículo 17 ter del mismo cuerpo legal, esto es, la obligación de mantenerse de manera continua en el domicilio o lugar que fije para el cumplimiento de la pena sustitutiva, entre las 22:00 horas y las 06:00 horas del día siguiente”, agrega el fallo.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas de los sentenciados para determinar sus respectivas huellas genéticas e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que durante la noche, entre el 13 y 14 de diciembre de 2019, A.E.M.N., S.A.V.B. y M.A.V.P. “(…) se encontraban en el interior del recinto de la empresa SAESA, ubicado en el Sector de Pudeto Bajo, Ruta 5 Sur, frente a la empresa Chilolac de Ancud, donde los dos primeros, obrando de consuno y con intención homicida, agredieron a la víctima O.E.O.M., en reiteradas oportunidades, con elementos contundentes, principalmente en la zona de la cabeza, cervical y costal, quedando la víctima policontuso y con compromiso de conciencia”.

A continuación, A.E.M.N. y S.A.V.B, con la colaboración de M.A.V.P y A.C.E.G. “(…) procedieron de consuno, todos ellos, a arrojar a la víctima, que se mantenía con compromiso de conciencia, en una fosa que mantenía agua y que se ubicaba en el sitio eriazo ya mencionado, donde falleció finalmente, producto de los golpes y de una asfixia por sumersión, siendo encontrado posteriormente el cuerpo el día 21 de diciembre de 2019”.

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