Sala Penal ordena citar a audiencia para debatir suspensión de beneficio a condenado por alteración del orden público

14 abril, 2021

La Corte Suprema acogió el recurso de amparo deducido por la defensa y ordenó al Juzgado de Garantía de Rio Negro citar a audiencia para debatir la mantención de la sanción impuesta al amparado, revocada de oficio, como autor de la falta de alteración del orden público al infringir las normas sanitarias decretadas por la autoridad en prevención de contagios de covid-19. Ilícito perpetrado en julio de 2020, en la comuna.

En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos y la abogada (i) Pía Tavolari– estableció que la revocatoria de suspensión de la pena por el término de seis meses, debe ir precedida del debido debate entre las partes.

“(…) teniendo únicamente presente que, la decisión de revocar la suspensión de la pena impuesta como consecuencia del requerimiento en procedimiento monitorio no fue precedida de debate, en el cual el tribunal diese la oportunidad a los intervinientes para formular peticiones, se revoca la sentencia apelada de treinta de marzo de dos mil veintiuno, pronunciada por la Corte de Apelaciones de Valdivia en el ingreso N° 39-2021 y, en su lugar se decide que se acoge el recurso de amparo interpuesto en favor de Erickson Aldair Almonacid Hinostroza, dejando sin efecto la revocación de la sanción impuesta en la causa RIT 776-2020, RUC 2000734395-8, reponiendo la causa al estado que el Juzgado de Garantía de Río Negro cite a los intervinientes a una audiencia para los efectos de discutir la mantención de la sanción impuesta”.

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