Corte de San Miguel revoca la prisión preventiva de imputado por daños en estación de Metro San Joaquín

23 diciembre, 2019

La Corte de Apelaciones de San Miguel revocó hoy –lunes 23 de diciembre– la medida cautelar de prisión preventiva de Roberto Campos Weiss, imputado por el Ministerio Público como autor del delito de daños calificados e infracción a la ley de seguridad del Estado. Ilícitos que habría perpetrados el jueves 17 de octubre pasado, en la estación San Joaquín del Metro.

En fallo unánime (causa rol 3.356-2019), la Sexta Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Diego Simpértigue Limare, María Alejandra Pizarro Soto y abogado (i) Carlos Castro Vargas– acogió el recurso de apelación deducida por la defensa del imputado en contra de la resolución, dictada por el 12° Juzgado de Garantía Santiago, tras establecer que existen otras medidas para asegurar la comparecencia del recurrente a los actos del procedimiento.

«Que atendido lo expuesto, esta Corte estima que existen otras medidas para asegurar la comparecencia del imputado a todas las actuaciones en que se le requiera las que resultarían por ahora proporcionales en atención a lo señalado por los intervinientes en la presente audiencia», sostiene el fallo.

Por tanto, concluye que: «se revoca la resolución apelada dictada en la audiencia de dieciséis de diciembre del año en curso, seguida ante el 12° Juzgado de Garantía de Santiago, en la causa RIT O- 4896-2019 en aquella parte que mantiene la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Roberto Adrián Campos Weiss y en su lugar se declara que se acoge la solicitud de la defensa en orden a sustituir la medida cautelar de prisión preventiva por las contempladas en el artículo 155 letras a), c), d) y e) del Código antes mencionado, esto es, arresto domiciliario nocturno desde las 22:00 hasta las 06:00 horas del día siguiente, firma semanal ante la Comisaría de Carabineros más cercana a su domicilio, la prohibición de salir fuera del territorio nacional y la prohibición de ingresar a cualquier estación del metro de Santiago«.

Ver fallo (PDF)

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