Corte Suprema ordena a municipalidad de San Bernardo fiscalizar comercios no autorizados en feria persa

7 mayo, 2020
La Corte Suprema acogió recurso de protección y ordenó a la Municipalidad de San Bernardo adoptar las medidas necesarias para fiscalizar y evitar la instalación de comerciantes no autorizados en feria persa.
En el fallo (causa rol 27.579-2020), la Tercera Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Sergio Muñoz, María Eugenia Sandoval, Ángela Vivanco, Leopoldo Llanos y el abogado integrante Julio Pallavicini– estableció que el actuar arbitrario del municipio recurrido al no utilizar las facultades que la ley le otorga para evitar la instalación de los denominados «coleros», en la feria persa que se emplaza en el paradero 40 de la Gran Avenida José Miguel Carrera.
«Que, de esta manera, no resulta jurídicamente aceptable la alegación de la recurrida quien pretende desligarse de sus obligaciones bajo pretexto de corresponder su complimiento a otras reparticiones públicas, así como tampoco puede atenderse a la imposibilidad de actuación que se expresa en el informe, por cuanto no ha resultado acreditado que la Municipalidad de San Bernardo haya desplegado todos los medios posibles para evitar la vulneración de los derechos invocados por las recurrentes», sostiene el fallo.
«(…) así, resultando inconcuso el real acaecimiento de los hechos denunciados, y siendo ellos aptos para amenazar y perturbar el derecho de las recurrentes a la integridad física y psíquica, y a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, el presente arbitrio cautelar deberá ser acogido, de la forma como se dirá en lo resolutivo», agrega.
Por tanto, se resuelve que: «se revoca la sentencia apelada de doce de febrero de dos mil veinte, y en su lugar se declara que se acoge el recurso de protección interpuesto por Bernardina del Carmen Jiménez Quintana, José Ignacio Díaz Matamoros y Nancy Teresa Muñoz Matamoros, por sí y en representación del Comité de Adelanto ‘Antonio Azócar’, en contra de la Municipalidad de San Bernardo, debiendo la recurrida adoptar todas las medidas necesarias para fiscalizar y evitar, de manera eficaz, la instalación de comerciantes no autorizados en el persa ambulante emplazado en el paradero Nº 40 de la Gran Avenida José Miguel Carrera».
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