Justicia dicta condena de presidio contra hermanos por homicidio en Lo Espejo

4 marzo, 2021

El Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a Omar Antonio Tudela Peña y Jonathan Patricio Tudela Peña a 12 años y 10 años y un día de presidio efectivo, respectivamente, en calidad de autores del delito consumado de homicidio simple. Ilícito perpetrado en noviembre de 2018, en la comuna de Lo Espejo.

En fallo unánime, el tribunal –constituido por las magistradas Cecilia Flores Sanhueza (presidenta), Virginia Rivera Álvarez (redactora) y Gabriela Carreño Barros– aplicó, además, a los hermanos Tudela Peña las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras duren las condenas.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se preceda a la toma de muestras biológicas de los sentenciados para determinar sus respectivas huellas genéticas e incorporación al registro nacional de ADN de condenados. Además, se decretó el comiso de las especies incautadas.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que alrededor de las 21.10 horas del 17 de noviembre de 2018, «JONATHAN PATRICIO TUDELA PEÑA alias ‘El Ventura’ y OMAR ANTONIO TUDELA PEÑA alias ‘El Chino Omar’ viajaban a bordo del vehículo marca Volkswagen, modelo Passat, color gris, placa patente única FJRR-21 en compañía de un tercer sujeto, momento en que dispararon en más de una ocasión en contra de MANUEL JESÚS VÉJAR DAZA quien se encontraba en la intersección de Calle El Caribe con Pasaje Seis Oriente, comuna de Lo Espejo. A raíz de lo anterior, la víctima falleció producto de un traumatismo craneoencefálico por proyectil balístico único, sin salida».

En la determinación de las penas, el tribunal tuvo presente: «Que los acusados han resultado responsable en calidad de autores de un delito de homicidio simple en grado de consumado, contemplado en el artículo 391 N° 2 del Código Penal, el cual se encuentra sancionado con la pena de presidio mayor en su grado medio».

La resolución agrega: «Que al no concurrir circunstancias modificatorias de la responsabilidad en relación a Omar Antonio Tudela Peña se podrá recorrer toda su extensión»; en cambio, «(…) respecto a Jonathan Patricio Tudela Peña, al concurrir una sola circunstancia atenuante la deberá aplicar en su rango mínimum».

«Que para fijar el quantum de la pena el tribunal valorará los criterios contenidos en el artículo 69 del Código Penal, teniendo en especial consideración la naturaleza del bien jurídico afectado, las circunstancias que rodearon la comisión del delito y la afectación emocional al nivel familiar que provocaron estos hechos», añade.

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