Juzgado de Garantía de Santiago decreta arraigo nacional y sujeción al Sename de imputados por homicidio de funcionaria de la PDI

10 agosto, 2021

El Duodécimo Juzgado de Garantía de Santiago modificó hoy –martes 10 de agosto– las medidas cautelares impuestas a Miguel Alejandro Canuipán Calabrano y al adolescente J.E.H.V., imputados por el Ministerio Público en calidad de autores del delito de homicidio de funcionaria de la Policía de Investigaciones en el ejercicio de sus funciones. Ilícito perpetrado en la comuna de La Granja, el 13 de junio recién pasado.

En audiencia de revisión de medidas cautelares (causa rol 2.784-2020), la magistrada Marcela Labra Todorovich acogió el cambio de cautelares solicitadas por el Ministerio Público, dejando sujeto a Canuipán Calabrano a arraigo nacional y firma mensual; en tanto, el menor de edad quedó con sujeción al Sename. Petición que se fundamenta en la realización de una reconstitución de escena y de nuevos informes periciales que consignan que la funcionaria de la policía civil recibió el disparo que le quitó la vida por la espalda y no de frente, como se informó en la audiencia formalización de la investigación.

“Efectivamente, hay nuevos informes que han sido elaborados por Labocar como aquél que refiere un nuevo lugar de ingreso de la bala que quitó la vida a la funcionaria policial. Lo que da cuenta el segundo informe es que la bala habría ingresado por su espalda y luego sale por la zona abdominal, lo que hace poco probable, como señaló el Ministerio Público, que el disparo hubiese provenido del automóvil en el cual se desplazaban los imputados en esta causa”, sostuvo la magistrada.

“Ello, sumado a un informe científico de nitritos que refiere que uno de los policías que acompañaba a la víctima resultó positivo en rastros de material, lo que podría ser por estar cercano al área del disparo o por estar cerca de algunos de los elementos que quedan en las manos tras un disparo”, agregó.

Al resolver el cambio de cautelar, la magistrada Labra Todorovich sostuvo que: “(…) a la luz de todos estos antecedentes es de manera justa hacer esta revisión y referir que el Ministerio Público en virtud del principio de objetividad, solicitó que esta cautelar sea modificada por una de menor intensidad. Sin perjuicio de ello, el Ministerio Público no ha señalado hoy que exista una absoluta claridad respecto a la inocencia de los imputados e hizo referencia a un informe que podría demorar 90 días que va a dar mayor claridad al respecto. Sin embargo, estima efectivamente que con la fuerza de los otros informes que hay se hace adecuado que los imputados puedan esperar en libertad el desarrollo de esta causa”.

“Por lo tanto, de acuerdo a luz de estos nuevos antecedentes decae la necesidad de cautela que existe en esta causa respecto de los imputados, por tanto dejamos sin efecto la prisión preventiva y la internación provisoria decretada respecto a Miguel Alejandro Canuipán Calabrano y el adolescente J.E.H.V”, concluyó.

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