TC acoge a trámite requerimiento de Carabineros imputados por agresión a manifestante en Plaza Ñuñoa

23 diciembre, 2019

Sin embargo, el Tribunal Constitucional rechazó suspender el proceso contra los doce efectivos de la 28° Comisaría de Fuerzas Especiales. “En ningún caso buscamos dilatar el proceso con este procedimiento”, aclaró al respecto el abogado de la Corporación de Asistencia Jurídica para Carabineros, Nicolás Oxman.


Este lunes, el Tribunal Constitucional acogió a trámite los dos requerimientos de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por la Corporación de Asistencia Jurídica para Carabinero, DEFCAR, en representación de los doce efectivos de Fuerzas Especiales imputados por la agresión a un manifestante en el sector de Plaza Ñuñoa durante el periodo de toque de queda.

Sin embargo, rechazó suspender el proceso mientras se tramitan ambos requerimientos, que ahora deberán ser alegados ante los ministros del TC.

De esta manera, la causa penal sigue su curso y este jueves 26 de diciembre se retomará la audiencia de formalización, instancia en las defensas argumentarán las razones de su rechazo a la prisión preventiva, medida cautelar solicitada por el Ministerio Público para los doce policías.

El primer requerimiento busca invalidar la calidad de querellante que actualmente mantiene el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) en la causa pues se vulnerarían las garantías de los recurrentes al existir una sobre representación de querellantes debido a que la víctima –identificada como Moisés Ordenes- es también representada de manera particular por el abogado Nelson Caucoto.

Asimismo, según se agrega en dicho requerimiento, el INDH carece de legitimación activa por tratarse de hechos que no son investigados como delitos de lesa humanidad.

El segundo recurso, en tanto, apunta a declarar inaplicable el delito de torturas, porque –a juicio de la defensa- la pena sería desproporcionada como delito común, es decir, que un delito de lesa humanidad en Chile tiene menor pena que el hecho antes señalado.

Según detalló el abogado de la DEFCAR, Nicolás Oxman, con ambos requerimientos “en ningún caso, buscamos dilatar el proceso”, enfatizando que “la finalidad es únicamente que el Tribunal Constitucional declare si efectivamente son proporcionales las penas aplicables y si tiene facultades el Instituto Nacional de Derechos Humanos para actuar en el procedimiento, no tiene una finalidad dilatoria”.

Respecto a las penas asociadas, Oxman aclaró que si se trata de un delito común “arriesgan una pena de 5 a 10 años, mientras que, si estamos frente a hechos de lesa humanidad, de desde 3 años y un día hacia arriba”.

Por último, el defensor se refirió al sumario administrativo que la fiscalía exhibió en audiencia y que fue cuestionado por la contraparte, pues “sirvió para que el Ministerio Público pudiera imputar responsabilidad a nuestros representados y distinguir a los que habrían dado golpes de los que no”.

“En atención a que se trataría de un sumario que todavía está en etapa de investigación, no fue requerido a través del juez de garantía, sino que la fiscalía tuvo acceso por otra vía y a nosotros nos parece que esas declaraciones, no podrían utilizarse para fundar responsabilidad”, puntualizó Oxman.

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