Condenan a sujeto a dos penas de 10 años y un día de presidio por violación y abuso sexual de menor de edad

24 diciembre, 2018

El Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó hoy –lunes 24 de diciembre– a T.H.B.G. a cumplir dos penas de 10 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor de los delitos reiterados de violación y abuso sexual impropios. Ilícitos perpetrados en días y horas indeterminadas de 2012 y 2013, en la comuna de La Florida.

En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Flavia Guajardo Hermosilla (presidenta), Carolina Toledo López y José Pérez Anker (redactor)– aplicó, además, a T.H.B.G. las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras duren las condenas; mas el pago de las costas.

En la causa, el tribunal condenó también a T.H.B.G. a 3 años y un día de presidio efectivo, y accesorias legales, como autor del delito de exhibición de material pornográfico.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 370 bis del Código Penal, el tribunal privó al condenado «de la patria potestad si la tuviere o se lo inhabilita para obtenerla si no la tuviere y, además, se lo priva de todos los derechos que por el ministerio de la ley se le confirieren respecto de la persona y bienes de la ofendida, de sus ascendientes y descendientes; y conservará, en cambio, todas las obligaciones legales cuyo cumplimiento vaya en beneficio de la víctima o de sus descendientes».

Asimismo, T.H.B.G fue condenado a la interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa, y a la sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal; y a la inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad.

Una vez ejecutoriado el fallo, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN.

El tribunal dio por establecido, más allá de toda duda razonable, que en días y horas indeterminadas desde mediado de 2012 y durante 2013, mientras la víctima menor de edad se encontraba en su domicilio particular, T.H.B.G., su abuelo materno, «procedió en forma reiterada a efectuar actos de significación y relevancia sexual mediante contacto corporal».

Asimismo, en al menos una oportunidad en dicho domicilio, T.H.B.G. procedió a acceder a carnalmente a la víctima y, además, le exhibió material audiovisual pornográfico.

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